Ríos-Farjat propone que prisión preventiva oficiosa no se aplique automáticamente

La ministra de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN), Ana Margarita Ríos-Farjat, propondrá que la prisión preventiva oficiosa no se imponga en automático, sino que se evalúe individualmente.

El planteamiento forma parte de un proyecto que será discutido en el pleno de la Corte el próximo 5 de agosto, y que responde a una impugnación de la CNDH contra la ampliación del catálogo de delitos con esta medida cautelar.

En su proyecto, Ríos-Farjat valida el aumento de delitos con prisión preventiva oficiosa promovido por Morena en el Congreso, al considerar que este no implica necesariamente una imposición automática.

“La frase ‘el juez ordenará la prisión preventiva oficiosamente’ no significa su aplicación automática, sino que se trata de una instrucción para que se celebre una audiencia donde se analice su justificación”, señala el documento.

Entre los delitos incorporados al catálogo se encuentran:

  • Abuso o violencia sexual contra menores
  • Feminicidio
  • Robo a casa-habitación
  • Corrupción y enriquecimiento ilícito
  • Delitos en materia de hidrocarburos y armas de uso exclusivo del Ejército
  • Uso de programas sociales con fines electorales
  • Desaparición forzada

Ríos-Farjat propone transitar hacia un nuevo enfoque que elimine “el cariz automático” de esta figura, estableciendo lineamientos claros para jueces, fiscales, defensores y asesores jurídicos.

La prisión preventiva oficiosa, según la ministra, debe analizarse considerando la necesidad de cautela del imputado, la solicitud de vinculación a proceso y las pruebas que la sustenten.

Ríos-Farjat advierte que eliminar la aplicación automática generaría un aumento significativo de solicitudes de revisión en los juzgados:

“Inmediatamente se saturarían los juzgados, lo que también impactará en la labor de las fiscalías, defensorías y asesorías públicas”.

Añadió que, de acuerdo con los artículos 161 y 162 del Código Nacional de Procedimientos Penales, estas solicitudes deben resolverse en un plazo máximo de 48 horas.

Para enfrentar este reto, propuso implementar medidas extraordinarias, como:

  • Capacitación inmediata a fiscales, defensores y asesores jurídicos
  • Priorización de ciertas solicitudes
  • Apoyo presencial o virtual en audiencias de revisión

Además, dejó claro que este cambio no implica una liberación automática:

“La prisión preventiva oficiosa no desaparece. Las personas actualmente sujetas a esta medida no serán liberadas automáticamente; deberán acudir a un proceso de revisión, conforme al artículo 161 del Código Nacional de Procedimientos Penales”.

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