Monclova, Coahuila; 30 de abril de 2025.- Aunque el 5 de mayo es considerado día de asueto en el sector educativo, no aplica como día de descanso oficial para el resto de los trabajadores mexicanos, así lo aclaró Roberto García Ramírez, director del Centro de Conciliación Laboral (CCL).
El funcionario señaló que la Ley Federal del Trabajo no contempla el 5 de mayo como día feriado obligatorio, por lo que los empleados deberán presentarse a laborar de forma regular el próximo lunes, salvo acuerdos particulares con sus empleadores.
El 1 de mayo sí es descanso obligatorio
Por el contrario, el jueves 1 de mayo, Día del Trabajo, sí está reconocido como día de descanso oficial. García Ramírez explicó que si un trabajador es citado a laborar en esa fecha, deberá recibir el triple de su salario diario, como lo marca la ley.
“Por ejemplo, un trabajador que gana 500 pesos diarios y trabaja el jueves primero de mayo, tiene derecho a recibir 1,500 pesos por ese día. De lo contrario, el patrón podría ser sancionado si el trabajador presenta una queja”, puntualizó el director del CCL.
Cambios de descanso deben ser por mutuo acuerdo
Aunque la ley no contempla el intercambio del día de descanso obligatorio por otro, en la práctica muchas empresas acuerdan con sus trabajadores mover el descanso al viernes para extender el fin de semana. García Ramírez indicó que esta práctica debe realizarse por mutuo acuerdo.
“En algunos casos los trabajadores no están de acuerdo con cambiar el día, y es ahí donde los patrones deben entender y respetar la decisión. No puede imponerse un cambio sin consenso”, explicó.
Sindicatos también pueden negociar el cambio
En el caso de los trabajadores sindicalizados, el cambio de fecha se acuerda directamente con los líderes sindicales. Aunque no está en la ley, también es una práctica común en muchas industrias y comercios, afirmó el funcionario.